La Legislatura sancionó la Campaña Provincial de Concientización sobre Sífilis
La Cámara de Diputados de San Juan llevó a cabo la Octava Sesión del período ordinario, presidida por el vicegobernador y presidente nato de la Cámara, Fabián Martín. Al inicio de la sesión, el titular del cuerpo solicitó un minuto de silencio en memoria de las víctimas fallecidas en el accidente del helicóptero.
Durante la jornada, el cuerpo legislativo sancionó con fuerza de Ley la implementación de la Campaña Provincial de Concientización sobre Sífilis, destinada a sensibilizar a la población sobre las consecuencias, riesgos y medidas de prevención de esta enfermedad. Asimismo, aprobó modificaciones al Código Tributario y a la Ley Impositiva Anual, una Adenda al Convenio para el mantenimiento del Parque Faunístico Provincial, un Convenio de Colaboración con la Fundación Sanatorio Argentino y la Adenda N.º 2 del Memorándum de Acuerdo con la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS).
Además, la Cámara aprobó diversas resoluciones mediante las cuales declaró de interés distintas actividades y acontecimientos que se desarrollarán en la provincia y fuera de ella.
Campaña Provincial de Concientización sobre Sífilis
Tras los fundamentos brindados por la diputada Stella Caparrós, el cuerpo legislativo sancionó con fuerza de Ley la implementación de la Campaña Provincial de Concientización sobre Sífilis, con el objetivo de sensibilizar a la población sobre las consecuencias y los riesgos asociados a esta enfermedad.
La campaña contempla la difusión de información sobre la sífilis, sus consecuencias y las medidas de prevención. La autoridad de aplicación será el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud o del organismo que en el futuro lo reemplace.
Durante el tratamiento del proyecto, el diputado Juan de la Cruz Córdoba manifestó su acompañamiento y destacó que, desde el área de Salud, se realizan cada vez más exámenes para la detección de esta enfermedad y de otras infecciones de transmisión sexual.
También realizó sus aportes el legislador Juan Carlos Quiroga Moyano, coautor del proyecto junto a la diputada Caparrós. Por su parte, el diputado Fernando Patinella expresó su no acompañamiento al proyecto, al señalar la existencia de una Ley Nacional que ya contempla esta enfermedad.
Modificación del Código Tributario y Ley Impositiva Anual
Luego la Legislatura aprobó la Ley que modifica el Código Tributario de la Provincia y Ley Impositiva Anual.
De esta forma, se incorporó como inciso 10 del artículo 119 del Código Tributario de la Provincia, Ley N° 151- I, el que quedó redactado de la siguiente manera:
"10) Los contribuyentes adheridos al Régimen de Inclusión Social, Promoción del Trabajo Independiente y Monotributo Social, regulados por la Ley N° 24.977 y sus modificatorias."
Además, se sustituyó el artículo 135 del Código Tributario de la Provincia, Ley N° 151- I, el que quedó redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 135.- Categorías y determinación de la obligación tributaria. El Régimen Simplificado Provincial está integrado por las mismas categorías previstas para el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) de ARCA. A cada categoría le corresponde un importe mensual determinado e incluye la totalidad de las obligaciones correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, sin necesidad de liquidaciones adicionales. Las exenciones previstas en el artículo 120 solo son aplicables a los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado Provincial que desarrollen exclusivamente actividades exentas. El ejercicio simultáneo de cualquier otra actividad gravada excluye la aplicación de dichas exenciones."
Por último, sustituyeron los incisos 1) y 2) del Artículo 15 de la Ley Impositiva Anual, Ley N° 2803-I, por los siguientes:
" 1) Sociedades Anónimas, de fiscalización permanente, comprendidas en el artículo 299, de la Ley Nacional N° 19.550.
1.1. Desde $0 Hasta $2.100.000: 1.000 U.T.
1.2. Desde $2.100.001 En adelante: 2.000 U.T.
2) Sociedades Anónimas, no comprendidas en el régimen del artículo 299, de la Ley Nacional N° 19.550.
2.1. Desde $0 Hasta $2.100.000: 500 U.T.
2.2. Desde $2.100.001 En adelante: 1.000 U.T."
Este punto del orden del día fue fundamentado por la diputada Marisa López y resultó aprobado por unanimidad.
Convenio para el mantenimiento del Parque Faunístico Provincial
La Legislatura de San Juan aprobó la Adenda al Convenio Específico de Compensación de Prestaciones, celebrado entre la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia de San Juan y la Municipalidad de Rivadavia, con el objetivo de asegurar el adecuado funcionamiento y mantenimiento del Parque Faunístico Provincial.
La diputada María Lascano brindó los fundamentos de la iniciativa como miembro informante. Durante el tratamiento, la diputada María López expresó los motivos por los cuales el bloque Justicialista no acompañó la propuesta. Asimismo, hicieron sus aportes los legisladores Juan de la Cruz Córdoba, Miguel Atampiz, Gustavo Núñez, Marisa López, Cristina López, Emilio Escudero y Miguel Vega.
Finalmente, el proyecto fue aprobado con 18 votos positivos y 14 votos negativos.
La iniciativa se fundamenta en la necesidad de fortalecer y consolidar los mecanismos de cooperación institucional entre la Provincia y los municipios, particularmente en materia de gestión ambiental, protección de la fauna, bienestar animal y prestación eficiente de servicios públicos de interés común.
Cabe recordar que, con fecha 1 de diciembre de 2025, la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable y la Municipalidad de Rivadavia suscribieron un Convenio Específico de Compensación de Prestaciones, mediante el cual establecieron un régimen de colaboración recíproca destinado a garantizar el adecuado funcionamiento y mantenimiento del Parque Faunístico Provincial. El acuerdo reconoce las tareas y servicios prestados por el municipio mediante un esquema de compensación vinculado a la Tasa de Disposición Final.
Asimismo, la Adenda incorpora un mecanismo excepcional y transitorio para regularizar saldos pendientes correspondientes a compromisos asumidos con anterioridad al convenio vigente. Para ello, contempla la eximición temporal del cien por ciento (100%) de la Tasa de Disposición Final durante seis (6) meses consecutivos, contados a partir de su aprobación legislativa.
Finalizado ese período, se restablecerá automáticamente el régimen ordinario establecido en el convenio original: el Municipio abonará el treinta por ciento (30%) de la Tasa de Disposición Final, mientras que el setenta por ciento (70%) restante quedará eximido, como contraprestación por las tareas asumidas en el marco del Parque Faunístico Provincial.
La Adenda no implica la creación de beneficios permanentes adicionales ni una alteración sustancial del equilibrio económico originalmente acordado entre las partes, sino que procura ordenar, regularizar y consolidar una relación institucional preexistente, fortaleciendo la cooperación interjurisdiccional, la eficiencia en el uso de los recursos públicos y la continuidad de las políticas ambientales provinciales.
Convenio con la Fundación Sanatorio Argentino
Luego de la fundamentación brindada por la diputada Marcela Quiroga, el cuerpo legislativo ratificó el Convenio de Colaboración suscripto entre el Ministerio de Familia y Desarrollo Humano de la provincia de San Juan y la Fundación Sanatorio Argentino. En la oportunidad también habló el diputado Juan Carlos Quiroga Moyano.
El objeto del presente acuerdo consiste en establecer un marco de cooperación institucional entre las partes, a fin de implementar durante el año 2026 un programa integral de acciones de prevención, promoción de la salud y detección precoz de enfermedades.
Acuerdo con la Oficina de las Naciones Unidas
Sobre tablas, la Cámara de Diputados aprobó la Adenda N.º 2 del Memorándum de Acuerdo entre el Gobierno de la República Argentina, el Gobierno de la Provincia de San Juan y la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS), aprobado por Ley N.º 2737-H, cuya Enmienda N.º 1 fue aprobada por Ley N.º 2805-A. El acuerdo refiere a los servicios que serán proporcionados por UNOPS en el marco del proyecto “Fortalecimiento de las capacidades de gestión y modernización del Gobierno de la Provincia de San Juan”.
A través de la Adenda N.º 2, las partes acordaron dar continuidad al proyecto, extendiendo su vigencia e incrementando el presupuesto, además de incorporar nuevos bienes y servicios estratégicos para el cumplimiento de los objetivos previstos en el Memorándum original. Entre ellos se contempla la adquisición de 50.000 netbooks educativas, destinadas a fortalecer la infraestructura tecnológica del sistema educativo provincial.
Cabe señalar que, luego de las entregas efectuadas en etapas anteriores del programa, aún existe una población estimada cercana a los 50.000 estudiantes en condiciones de acceder a las herramientas digitales necesarias para el aprendizaje, la alfabetización digital y el desarrollo de competencias tecnológicas acordes con las demandas actuales.
La adquisición propuesta permitirá avanzar hacia la universalización del acceso a dispositivos tecnológicos para los estudiantes, garantizando la igualdad de oportunidades, reduciendo la brecha digital y consolidando las políticas públicas impulsadas por el Gobierno de la Provincia de San Juan en materia de transformación digital, innovación educativa y modernización del Estado.
La Adenda N.º 2 asegura la continuidad del proyecto y extiende su vigencia hasta el 31 de mayo de 2027.
Este punto del orden del día fue fundamentado por la diputada Alejandra Leonardo. Durante el tratamiento, la legisladora Fernanda Paredes tomó la palabra para solicitar permiso para abstenerse junto a su bloque, pedido que fue otorgado por el cuerpo.
Finalmente, la Adenda fue aprobada con 19 votos positivos y 8 abstenciones.














